Wednesday 5 May 2010

[Addendum] Argumentos contra el matrimonio homosexual.

Hay dos formas de refutar un argumento, demostrar que el argumento es inválido o demostrar que sus premisas son falsas. El primer método es el más usado pero como los hechos siempre pueden ser puestos en duda se puede entrar en una gran discusión acerca de si la premisa es verdadera o no. Es por eso que, en mi opinión, siempre es más efectivo atacar los argumentos en su estructura, demostrar que son inválidos. Contra las leyes de la lógica no se puede discutir; una falacia es siempre una falacia. Por ejemplo, si alguien propone que

  1. Si los extraterrestres construyeron las pirámides, entonces no fueron los egipcios.
  2. Los egipcios no construyeron las pirámides
  3. Por lo tanto, los extraterrestres construyeron las pirámides.

uno podría discutir todo el día acerca de la falsedad de las premisas. Habría que evaluar y sopesar la evidencia, buscar información y, por sobre todo, convencer al otro. O puede uno señalar que la forma del silogismo es un caso de Falacia de Afirmación del Consecuente y dejarlo ahí. Demostrar que se violan las leyes básicas d la lógica es una herida mortal para cualquier argumento y no requiere mayor consideración.

En mi post acerca de los argumentos usados por la IC en contra del matrimonio gay, uno de los argumentos expuestos era el siguiente:

SE AFECTA EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO: La legalización de uniones de personas del mismo sexo vulnera el interés superior del niño, criterio rector de la Convención sobre los Derechos del Niño, pues incluye la pretensión de tener descendencia, ya sea por técnicas de procreación artificial o por adopción. En este sentido, el niño tiene derecho a crecer y desarrollarse en su dimensión psicosexual a partir de la complementariedad entre varón y mujer. Tal legalización altera los principios civiles que regulan la filiación matrimonial y sus presunciones. Los proyectos pretenden eliminar todas las leyes donde se habla de “padre” y “madre”. No puede experimentarse con los niños, máxime cuando se han señalado diversas consecuencias negativas que podrían derivar de la sanción de estos proyectos de ley.

Mis objeciones se centraron básicamente en la falsedad de las premisas: No es verdad que los niños criados por homosexuales tengan más problemas psicológicos que los criados por heterosexuales. Pero creo que hay una forma mucho más eficiente de demolerlo. En la legislación argentina (aunque quizás esto es igual para otros países) la Ley de Adopción del Código Civil no prohíbe la adopción por parte de solteros homosexuales. Citando el artículo relevante:

Art. 315. Podrá ser adoptante toda persona que reúna los requisitos establecidos en este Código cualquiera fuese su estado civil, debiendo acreditar de manera fehaciente e indubitable, residencia permanente en el país por un período mínimo de cinco años anterior a la petición de la guarda.
No podrán adoptar:
a) Quienes no hayan cumplido treinta años de edad, salvo los cónyuges que tengan más de tres años de casados. Aún por debajo de éste término, podrán adoptar los cónyuges que acrediten la imposibilidad de tener hijos;
b) Los ascendientes a sus descendientes
c) Un hermano a sus hermanos o medio hermanos.

En Argentina los homosexuales no sólo pueden adoptar sino que lo hacen. Pero sólo pueden hacerlo como solteros. Es decir que si una pareja gay quiere adoptar un hijo, éste sólo es reconocido como hijo de uno de ellos. La legalización del matrimonio homosexual lo “único” que va a hacer es reconocer a esos niños como hijos de ambas partes, con todos los derechos que eso significa.

Esto significa que el argumento anterior, no sólo es falso, sino que es completamente irrelevante. Es, en esencia, un arenque rojo (También llamado Ignoratio elenchi). Señalar esto es un golpe fatal para cualquier apelación al interés de los niños y sin la necesidad de abrir las puertas a un gran debate acerca de si es verdad que para la crianza de un niño necesita un papá y una mamá.